Pagar la tasa del Modelo 790 código 012 de la Guardia Civil suele ser el último paso antes de presentar una solicitud relacionada con armas. Y también el que más dudas genera: qué importe corresponde, dónde se paga, qué casilla hay que marcar y qué documento hay que guardar después.
Esta guía recorre el impreso apartado por apartado, explica las formas de pago que contempla el propio modelo y detalla cómo se localiza el procedimiento en la Sede Electrónica de la Guardia Civil. El objetivo es que llegues al pago con el concepto correcto identificado y con el justificante bien conservado.
Qué es el Modelo 790 código 012 de la Guardia Civil

El Modelo 790, con código 012, sirve para el pago de tasas relacionadas con reconocimientos y autorizaciones, y está gestionado por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. La cabecera del impreso identifica primero el Ministerio del Interior, después el centro gestor, el código 012 y el número de modelo, antes de dar paso a los apartados de identificación, autoliquidación e ingreso.
El ingreso se efectúa a favor del Tesoro Público, en una cuenta restringida de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) destinada a la recaudación de tasas. Es decir: no pagas a la Guardia Civil directamente, pagas a la Hacienda pública por un trámite que gestiona la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
Tasa y autoliquidación no son lo mismo
La tasa es el importe que corresponde al trámite. La autoliquidación es el acto por el que tú mismo declaras ese importe y lo ingresas, sin que la Administración te envíe una liquidación previa. Por eso el formulario incluye un apartado literalmente llamado «Autoliquidación» y otro de «Declarante», con fecha y firma.
Esta diferencia tiene una consecuencia práctica importante: la responsabilidad de elegir el concepto y la cuantía correctos es del sujeto pasivo, no de la ventanilla. Si te equivocas de casilla o de importe, el trámite puede quedar bloqueado.
Qué trámites cubre el 790-012 de armas
El impreso agrupa varios conceptos de armas en un mismo modelo. Incluye la expedición y la renovación de licencias de armas cortas y armas largas rayadas, así como la expedición de licencias de armas tipo E y otras autorizaciones de uso de armas.
También recoge la expedición de guías y otras autorizaciones: guías de pertenencia, guías de circulación y transporte nacional y transporte aéreo nacional o extranjero, certificado de inutilización de armas, consentimiento previo y autorizaciones de transferencia de armas con otro país de la Unión Europea, y autorización de coleccionista de armas.
Cierran el listado tres bloques más: la realización de pruebas de capacitación para obtener la licencia de armas largas rayadas para caza mayor o de escopetas y armas asimiladas, la habilitación de entidades dedicadas a esa enseñanza, y las autorizaciones de polígonos, campos de tiro y galerías de tiro, incluidos los campos de tiro eventuales.
Antes de pagar: confirma el concepto, el importe y el ejercicio
El error más común es copiar un importe visto en internet sin comprobar a qué concepto corresponde. Como el modelo reúne trámites muy distintos, el primer paso no es mirar la cuantía, sino identificar exactamente qué estás solicitando: una renovación de licencia, una guía de pertenencia, una autorización de coleccionista o una prueba de capacitación.
Una plantilla de autoliquidación en circulación muestra 11,68 € para el ejercicio 2024. Ese dato ilustra cómo se rellena la casilla de importe, pero no acredita la tarifa vigente ni sirve para todos los conceptos: la cuantía aplicable hay que confirmarla en el formulario oficial actualizado, en las instrucciones del trámite o en la convocatoria correspondiente.
Los campos «Ejercicio» y «Devengo»
El formulario reserva un campo para el Ejercicio y otro para el Devengo, además de la fecha de la autoliquidación que se consigna junto a la firma del declarante. El ejercicio es el año fiscal al que se imputa el ingreso, y el devengo marca el momento en que nace la obligación de pagar.
Conviene revisar estos campos antes de imprimir o enviar nada. Un impreso con un ejercicio que no corresponde obliga a rehacer el pago, y ese trámite adicional cuesta tiempo.
Tasas por concursos según población
Algunos conceptos del modelo se gradúan según el número de habitantes del municipio. Es el caso de los concursos, donde la cuantía varía por tramos de población:
| Población | Importe |
|---|---|
| hasta 3.000 habitantes | €2,53 |
| De 3.001 a 20.000 habitantes | €3,26 |
| De 20.001 a 200.000 habitantes | €3,35 |
| Superior a 200.000 habitantes | €3,62 |
Las autorizaciones de polígonos, campos y galerías de tiro y de campos de tiro eventuales siguen el mismo criterio por tramos de población, aunque el impreso se limita a marcar la categoría aplicable sin desglosar en ese punto la cuantía.
Exenciones y bonificaciones
Los apartados del modelo enumeran conceptos sujetos a tasa y formas de pago, pero no incluyen una casilla específica de exención ni de bonificación. No des por supuesta ninguna reducción sin comprobar antes las instrucciones oficiales del trámite o la convocatoria vigente.
Cómo rellenar la identificación y el apartado de declarante
El bloque de identificación empieza con un espacio reservado para la etiqueta identificativa del sujeto pasivo. Si no dispones de etiquetas, hay que consignar los datos a mano en las líneas inferiores.
Los campos obligatorios son el NIF y los apellidos y nombre o razón social. A continuación viene el domicilio completo: tipo de vía (calle, plaza o avenida), nombre de la vía pública, número, escalera, piso y puerta, municipio, provincia, código postal y teléfono.
El apartado de autoliquidación se cierra con el lugar, el día, el mes y el año, seguidos de la firma como declarante. Sin esa firma el impreso no está completo, aunque el pago se haya realizado.
Revisa el NIF dígito a dígito antes de firmar. Es el dato que enlaza el pago con tu expediente y un error ahí obliga a repetir el proceso.
Localiza el procedimiento en la Sede Electrónica

La Sede Electrónica de la Guardia Civil dispone de un buscador de procedimientos organizados por categorías. Entre ellas figura Armas y Explosivos, junto a Antecedentes Policiales, Denuncia Electrónica, Protección de Datos, Seguridad Privada, Tráfico y Uso de Marca e Imagen de la Guardia Civil.
El recorrido que describe la propia Sede es el siguiente:
- Elegir el procedimiento desde el menú superior o desde el pie de página.
- Autenticarse pulsando el botón ACCEDA, que conduce al sistema Cl@ve.
- Identificarse con uno de los tres métodos de Cl@ve: DNIe o certificado electrónico, contraseña, o Cl@ve PIN.
- Cumplimentar el formulario específico del procedimiento.
- Recibir por correo electrónico el aviso de inicio del procedimiento una vez completado el registro.
- Descargar el justificante de registro y la copia auténtica de la solicitud, con su Código Seguro de Verificación (CSV).
Ten preparados antes de empezar el certificado electrónico o el DNIe, el NIF y los datos del trámite. La sesión de la Sede no está pensada para buscar documentos mientras rellenas el formulario.
Formas de pago del modelo: efectivo y adeudo en cuenta
El impreso contempla dos formas de pago en su apartado de ingreso: en efectivo o mediante adeudo en cuenta. Cuando se elige la segunda opción hay que consignar el Código Cuenta Cliente (CCC), con los espacios de entidad, oficina, dígito de control y número de cuenta que reproduce el propio formulario.
El impreso está diseñado con el formato clásico de CCC, no con la casilla de IBAN que hoy manejamos en la mayoría de operaciones bancarias. Si tu banco solo te muestra el IBAN, ten en cuenta que las cuatro primeras posiciones (código de país y dígitos de control) preceden a los veinte dígitos que se corresponden con el CCC tradicional. Confirma con la entidad si el IBAN completo es válido para ese apartado antes de rellenarlo.
Al lado de la forma de pago está la casilla de Importe Euros, que debe coincidir exactamente con la cuantía del concepto marcado. El ingreso se realiza a favor del Tesoro Público, en la cuenta restringida de la AEAT para la recaudación de tasas, y el formulario reserva un espacio para los datos de la entidad colaboradora que tramita el cobro.
Los tres ejemplares del modelo
El Modelo 790 se presenta en tres ejemplares diferenciados: el Ejemplar para la Administración, el ejemplar para la entidad colaboradora y el ejemplar para el interesado. Cada uno reproduce los mismos apartados de identificación, autoliquidación e ingreso.
El ejemplar para el interesado es el que acredita el pago. Debe llevar la certificación mecánica de la operación o, en su defecto, una firma autorizada. Sin esa acreditación, el documento es solo un impreso rellenado, no un justificante.
Guarda el Ejemplar para la Administración junto al resto de documentación de tu solicitud, porque es el que se entrega con el expediente.
Pago y presentación electrónica no son lo mismo
Conviene separar dos actos que a menudo se confunden. Uno es el ingreso de la tasa, que el modelo resuelve mediante efectivo o adeudo en cuenta. Otro es la presentación del trámite en el Registro Electrónico de la Sede.
La Sede Electrónica de la Guardia Civil permite acceder a los procedimientos, autenticarse con Cl@ve y registrar la solicitud por vía telemática. Ahora bien, el impreso del 790-012 detalla únicamente las opciones de efectivo y adeudo en cuenta, y no consta una pasarela de pago con tarjeta o Bizum específica para este modelo. Antes de dar por hecho que el registro electrónico incluye el cobro, comprueba el procedimiento oficial y las instrucciones del trámite.
En la práctica, esto significa que puedes tener el expediente registrado y la tasa sin abonar, o al revés. Los dos pasos deben quedar cerrados.
El justificante: qué recibes y cómo conservarlo
El Registro Electrónico emite automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación. Ese resguardo contiene los datos aportados por el interesado, la fecha y hora exactas de presentación en el servidor y un número de registro único que identifica la transacción.
Se trata de un fichero electrónico firmado digitalmente con el certificado del servidor web de la Guardia Civil, lo que garantiza la integridad y la autenticidad de los datos. Guárdalo: es la prueba de que presentaste el trámite y cuándo lo hiciste.
Junto al resguardo, la aplicación puede facilitar una copia auténtica de la solicitud con su Código Seguro de Verificación. El Código Seguro de Verificación funciona como una huella del documento: permite verificar en la propia Sede que la copia que tienes en tu poder coincide con la registrada. La Sede Electrónica ofrece además herramientas de validación de certificados, de firma y de documentos electrónicos mediante Código Seguro de Verificación.
Dónde consultar tus solicitudes
Desde la pestaña «Mis expedientes», accesible en el menú principal de la Sede, puedes consultar el listado de todas las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una. Es el primer sitio donde mirar cuando quieras comprobar el estado de un trámite.
Si un expediente no aparece en esa pestaña, la Sede indica utilizar el procedimiento «Consulta de mis expedientes».
Si el pago falla o no encuentras el justificante
La reacción habitual ante un error de pantalla es volver a pagar. Es justo lo que no conviene hacer. Antes de repetir la operación, comprueba el estado real de lo que ya hiciste.
Empieza por el correo electrónico: la aplicación avisa del inicio del procedimiento una vez completado el registro. Después revisa «Mis expedientes» y, si no aparece nada, recurre al procedimiento «Consulta de mis expedientes».
Del lado bancario, revisa el ejemplar para el interesado y busca la certificación mecánica o la firma autorizada. Si el impreso no lleva ninguna de las dos, el cobro no está acreditado, aunque el importe figure en el modelo.
Mantén un archivo con todo junto: el ejemplar del interesado con su certificación, el resguardo firmado del Registro Electrónico y el CSV de la copia auténtica. Con esos tres elementos puedes demostrar qué pagaste, cuándo y por qué concepto ante cualquier consulta posterior.
Preguntas frecuentes
¿Cómo puedo pagar la tasa del Modelo 790 de la Guardia Civil?
Primero se cumplimenta el Modelo 790 código 012 con los datos de identificación, el concepto que origina la tasa y el importe correspondiente. El impreso contempla el pago en efectivo o mediante adeudo en cuenta, consignando el Código Cuenta Cliente cuando proceda. El ingreso se realiza a favor del Tesoro Público y hay que conservar el ejemplar acreditado.
¿Puedo pagar la tasa 790 de la Guardia Civil online?
La Sede Electrónica permite acceder a los procedimientos, autenticarse mediante Cl@ve y presentar trámites en el Registro Electrónico. El modelo, sin embargo, solo detalla las opciones de efectivo y adeudo en cuenta, y no consta una pasarela de pago online específica para este impreso. Comprueba el procedimiento oficial y las instrucciones vigentes antes de asumir que el registro electrónico equivale al pago.
¿Qué es el Modelo 790 012 de la Guardia Civil?
Es un modelo de autoliquidación para pagar tasas de reconocimientos, autorizaciones y otros trámites gestionados por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. Aparece asociado a licencias, guías y autorizaciones relacionadas con armas.
¿Qué modelo hay que pagar para renovar el permiso de armas?
El Modelo 790 código 012 es el impreso que incluye la renovación de licencias de armas cortas y largas rayadas. El concepto exacto y el importe deben verificarse en la versión vigente del formulario y en las instrucciones oficiales aplicables.
¿Dónde se consigue el Modelo 790 de la Guardia Civil?
La Sede Electrónica de la Guardia Civil dispone de un buscador de procedimientos que incluye la categoría Armas y Explosivos. Circulan también copias en PDF del Modelo 790 código 012, pero conviene comprobar que el impreso coincide con la versión vigente del trámite antes de utilizarlo.
¿Cómo puedo descargar el Modelo 790 código 012 en formato PDF?
Los PDF disponibles reproducen el formulario del Modelo 790 código 012 con sus ejemplares para la Administración, el interesado y la entidad colaboradora. Para no usar una plantilla desactualizada, contrasta el documento con el procedimiento localizado en la Sede Electrónica o con las instrucciones oficiales vigentes.
¿Dónde se pagan las tasas del formulario 790?
El formulario contempla el pago en efectivo o mediante adeudo en cuenta y reserva un apartado para los datos de la entidad colaboradora. Diferencia además un ejemplar para la entidad colaboradora y otro para el interesado, que debe conservar la certificación del pago. El impreso no incluye un listado concreto de entidades ni una oficina específica.
¿Cuánto cuesta la tasa del Modelo 790 de la Guardia Civil?
Un ejemplo de autoliquidación en circulación muestra 11,68 € para el ejercicio 2024. No debe tomarse como tarifa general ni como importe vigente: el modelo agrupa distintos trámites y la cuantía aplicable se confirma en el formulario, en las instrucciones oficiales o en la convocatoria correspondiente.
¿Cuál es el importe de la tasa 790 código 012?
No existe un único importe para todos los trámites. La plantilla de ejemplo de 2024 refleja 11,68 €, pero cada concepto tiene su propia cuantía y hay que comprobar la que corresponde al trámite y al ejercicio vigente antes de pagar.
¿Hay casos de exención o bonificación en la tasa 790 de la Guardia Civil?
El impreso enumera conceptos y formas de pago, pero no muestra una relación de exenciones ni una casilla específica de bonificación. No conviene dar por aplicable ninguna reducción sin comprobar antes las instrucciones oficiales del trámite y la convocatoria vigente.
Próximo paso
Identifica en la lista de conceptos del modelo el que corresponde a tu solicitud, localiza el procedimiento en la categoría Armas y Explosivos de la Sede Electrónica y confirma allí la cuantía y las instrucciones antes de rellenar el impreso. Con el concepto claro, el resto del trámite es mecánico.
Fuentes
Simulacros oficiales de conocimientos (100 preguntas), psicotécnicos, inglés y marcas físicas del BOE.



